Maldad pura

Fritz Thomas / Doctor en Economía y profesor universitario / Cees@cees.org.gt

Publicado: Guatemala, 10 de octubre del 2024

¿Qué merece ser llamado digno? Fritz Thomas analiza el caso de Kevin Malouf. Thomas explica cómo El MP y el tribunal no deben negociar reducción de pena a cambio de admisión de culpa.

Aquel o aquello que es digno merece respeto, honor y consideración apropiada. Es meritorio, decente y hasta noble; a la altura de valores que otorgan reconocimiento y respeto. Indigno es lo opuesto de digno; algo o alguien que no merece respeto, reconocimiento o consideración, por su falta de ética o valor. Lo indigno describe situaciones o comportamientos que rebajan a las personas, las humillan o son vergonzosos. La “reparación digna” que un juez impuso al cirujano Kevin Malouf es indignante. Primero, porque no puede llamársele “digna” a la reparación impuesta. Segundo, porque la reparación no guarda proporción con el delito. Tercero, es indigno expresar la reparación de lo macabro en términos de una cantidad de salarios mínimos.

Es necesario aclarar que la reparación indigna dictada por el juez se refiere al delito de obstaculización de la investigación, no al homicidio de Floridalma Roque. Un reportaje de PL informó que, el pasado 12 de septiembre, el Dr. Malouf y otros tres implicados se declararon culpables de obstaculización a la acción penal. El juez resolvió condenar a Malouf, a la anestesióloga, a la asistente de enfermería y al enfermero a cuatro años de prisión; sin embargo, al haber aceptado los cargos, la pena se redujo a dos años conmutables por el pago de Q5 diarios. Es decir, no tenga pena, pague Q3,650 y queda conmutado el hecho que durante casi un año negó, mintió y encubrió los hechos. A manera de resarcimiento adecuado y justo, tanto material como moral, por el daño ocasionado, pague al Estado diez salarios mínimos, equivalente a Q33,845.90, por reparación digna.

Floridalma Roque pagó Q74,000 al Dr. Malouf por la cirugía estética que se realizó el 13 de junio 2023. El MP sostiene que Floridalma falleció aproximadamente a las 21 horas, a causa de negligencia, ya que el médico, a sabiendas, no suministró medicamentos que requería la condición de la paciente. Hasta allí, podría haber sido un accidente, descuido o imprevisto fatal; el médico tendría que haber notificado inmediatamente a los familiares y autoridades. Según relata el fiscal, dos horas después, a las 23 horas, el Dr. Malouf introdujo el cadáver de Floridalma en un recipiente cilíndrico grande con ruedas, que luego retiró de la clínica y se llevó a su vivienda en Santa Catarina Pinula. El médico y cómplices utilizaron sierras dentadas para desmembrar el cadáver de Floridalma Roque. Los restos humanos fueron transportados a un bosque en San Vicente Pacaya y lanzados a una fosa profunda que fue rellenada con vigas de madera, tierra y cal.

Todo lo que sucedió tras el fallecimiento de Floridalma es realmente macabro; no es un error, falta o lapsus. No es acción exigida por las circunstancias, ni es culpa de la sociedad, de una niñez trastornada o de un desorden mental; es la violación perversa de un ser humano. Introducir el cadáver en un basurero para transportarlo, serrucharlo en trozos y llevarlo lejos para lanzarlo a una fosa es maldad pura. El acusado negó todos estos hechos hasta que  fue confrontado con evidencia contundente  y dio indicaciones precisas de dónde se encontraban los restos de Floridalma Roque.

El delito admitido es la obstaculización de la acción penal; la audiencia de etapa intermedia por el delito de homicidio está programada para el 13 de noviembre. La presunción de inocencia hasta que se demuestre culpabilidad es principio inclaudicable en un estado de Derecho. El MP y el tribunal no deben negociar reducción de pena a cambio de admisión de culpa; sería una cruda burla. Que se haga justicia plena, con severidad.